FUNCIONES:
- Intervendrá en todo el proceso de compras y/o contrataciones del Municipio de Presidente Perón.
- Participará en todo acto de Apertura de Concurso de Precios y Licitaciones, confeccionando las actas respectivas.
- Tendrá a su cargo hacer cumplir lo establecido en los Pliegos de Bases y Condiciones, Ley Orgánica Municipal, Reglamento de Contabilidad y Decreto 2980/2000 (Rafam), en todo proceso de compra y/o contratación.
- Llevara el Registro de Proveedores, Consultores Expertos en Evaluación y Dirección de Proyectos de Inversión y Licitadores de Obras Públicas., el cual deberá incluirse en el Registro General de Beneficiarios y Poderes administrado por la Tesorería del Municipio.
- Tendrá a su cargo identificar aquellos proveedores, consultores y contratistas que hayan sido objeto de observaciones por alguna forma de incumplimiento de sus obligaciones contractuales, antecedentes que podrán servir de base para su exclusión de las convocatorias.
- Dictar las normas y procedimientos específicos en materia de compras de bienes y servicios.
- Coordinar con la Oficina de Presupuesto la elaboración del presupuesto anual de gastos de bienes y servicios en términos físicos y financieros a incluirse en el proyecto de Ordenanza del Presupuesto y la determinación de las cuotas trimestrales de compromiso de dicho gasto.
- Evaluar el funcionamiento global del sistema, a través del análisis de indicadores de eficiencia en las contrataciones que permitan involucrar variables tales como la oportunidad de la obtención de los bienes y servicios, la calidad y el costo de los mismos.
- Actualizar el listado de Proveedores, Consultores Expertos en Evaluación y Dirección de Proyectos de Inversión y Licitadores de Obras Públicas que debe formar parte del Registro General de Beneficiarios y Poderes.
- Detectar los desvíos en el programa anual de adquisiciones respecto de lo efectivamente ejecutado, tanto en sus términos físicos como financieros, y sugerir las acciones correctivas necesarias;
- Establecer las modalidades de contratación más adecuadas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
- Realizar los trámites inherentes a la contratación y recepción de los bienes adquiridos.
- Tendrá a su cargo constituir y actualizar un catálogo en el que se detallen las características de todos y cada uno de los bienes de consumo y servicios que son insumos habituales en las tareas y prestación de servicios municipales, así como de los bienes de capital de utilización generalizada, consignando para cada caso el último precio conocido de mercado. Los precios que se incluyan en dicho catálogo deberán servir de base para la programación de contrataciones, la evaluación para las adjudicaciones y la formulación y evaluación de los presupuestos.