FUNCIONES:
- Centralizar la información de los bienes que integran el patrimonio municipal, tanto del dominio privado como público;
- Registrar en forma definitiva las existencias y movimientos de los bienes;
- Determinar los registros patrimoniales necesarios en todo el ámbito del Municipio, de acuerdo con el volumen de los bienes y la complejidad del área al cual estén afectados;
- Otorgar a los distintos registros patrimoniales la categoría o nivel que deberán asumir en los procedimientos que se establezcan;
- Ejercer la superintendencia sobre todos los registros patrimoniales que se encuentren bajo su supervisión;
- Supervisar el cumplimiento de las normas que rijan en materia de administración de bienes;
- Realizar las inspecciones que permitan verificar el correcto manejo y preservación de los bienes del Municipio; y
- Organizar anualmente el recuento físico de los bienes existentes en el Municipio.
- Ejercerá la supervisión de las tareas de inventario, estableciendo las pautas para ello, conforme a los requerimientos del Sistema de Contabilidad del Municipio y a las normas vigentes.