Decreto N° 456
VISTO:
La decisión administrativa Nº 450/2020 del Sr. Jefe de Gabinete de Ministros; y
CONSIDERANDO:
Que mediante la misma, se amplía el listado de actividades y servicios declarados esenciales en los términos previstos en el Decreto 297/2020;
Que el D.N.U. 297/2020 estableció el aislamiento social preventivo y obligatorio debido a la pandemia de coronavirus COVID 19;
Que la vigencia y los alcances del citado D.N.U. fueron prorrogados a través del Decreto 325/2020;
Que la Municipalidad de Presidente Perón adhirió a los mencionados Decretos de Necesidad y Urgencia a través de los Decretos Nº 402/20 y 413/20;
Que en consonancia, corresponde dictar la normativa que permita implementar la Decisión Administrativa 450/2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
Por ello:
La Señora Intendente Municipal en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: Amplíanse los alcances de los Decretos Nº 402/20 y 413, incorporando como actividades esenciales las mencionadas en el artículo 1º de la Decisión administrativa Nº 450/2020 del Sr. Jefe de Gabinete de Ministros que extiende los alcances del artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 297/2020, cuya vigencia fue prorrogada por el D.N.U. 325/2020.-
ARTÍCULO 2º: Incorpórase como anexo I, formando parte del presente, la Decisión administrativa Nº 450/2020 del Sr. Jefe de Gabinete de Ministros.-
ARTÍCULO 3º: La Secretaría de Gobierno, a través de la Dirección de Fiscalización, procederá a notificar a los interesados de los alcances del presente.-
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, regístrese, publíquese.-
Dec. N° 456.-