Guía de Trámites

Obras Particulares

APROBACION DE PLANOS

Crisólogo Larralde 241 - Guernica.

Tel. 02224 - 507 000

Dirección de Obras Particulares-Interno. 2172

ATENCIÓN: De lunes a viernes de 8:00 a 14:00.

La Dirección de Obras Particulares es el ámbito de la Municipalidad en donde atiende, asesora y se efectúa el visado y aprobación de los planos correspondientes a las construcciones de viviendas unifamiliares o multifamiliares, comercios, industrias y toda otra obra civil, así como también los permisos para ampliaciones y demoliciones de obras que se realicen en predios particulares dentro del Partido de Presidente Perón, los cuales deberán ajustarse a la reglamentación vigente según lo que determinan los Códigos de Edificación y de Ordenamiento Urbano para la zona en la que se emplace el predio. La presentación de planos para la solicitud de permiso de construcción y/o demolición se realizará previa al inicio de las obras.

  • Profesional o gestor autorizado por el profesional.
  • Propietario de la obra.
  • Construir nuevos edificios.
  • Ampliar, reformar o transformar lo ya construido.
  • Cerrar, abrir o modificar vanos en la fachada principal.
  • Cambiar o modificar estructuras de techos y/o materiales.
  • Desmontar y excavar terrenos.
  • Terraplenar y rellenar terrenos.
  • Efectuar demoliciones.
  • Instalar marquesinas, toldos y cerramientos sobre la fachada en vía pública.
  • Instalar antenas de radiodifusión o telecomunicaciones y sus estructuras de soporte.
  • Efectuar instalaciones mecánicas, eléctricas, técnicas y de inflamables y ampliar, refaccionar o transformar las existentes.
  • Abrir vías públicas.
  • Construir, ampliar, o refaccionar playas de estacionamiento.
  • Instalar columnas de publicidad en la vía pública o carteles en las azoteas según establezca la reglamentación.
  • Construcción de piscinas, tanques australianos; aleros, balcones, voladizos, marquesinas, superior a 0.80metros.
  • En la presentación de los planos para dicho permiso deberá constar la intervención del constructor, Director de obra y proyectista. En todos los casos se colocará cartel de obra, con N° de Expediente y datos del profesional actuante.
  • Ejecutar o refaccionar aceras y modificar el cordón del pavimento.
  • Cercar el frente.
  • Revocar o cambiar el revoque en cercas al frente.
  • Limpiar o pintar fachadas principales y otros trabajos similares cuando superen los 6.00m de altura del nivel del predio.
  • Elevar muros que afecten a linderos.
  • Ejecutar trabajos que no requieran permiso cuya realización demande una valla provisoria para ocupar la acera con materiales.
  • El aviso de obra será suscripto por el propietario en formulario aprobado.
  • La autoridad de aplicación podrá exigir, no obstante, que se solicite el permiso en los casos en que los trabajos mencionados tengan una especial importancia.
  1. Cuando el contribuyente se propone construir una obra o regularizar una ya existente, construida sin permiso en un predio de su propiedad, debe presentar los planos respectivos ante la Municipalidad a los efectos de obtener un permiso de construcción en el primer caso, o la registración de la superficie construida para la incorporación al catastro municipal, en el segundo.
  2. Para la presentación de los planos, el contribuyente debe requerir la intervención de un profesional habilitado por el Colegio correspondiente, con incumbencias en construcciones civiles (arquitectos, ingenieros y técnicos) e inscripto en el registro del Partido. Bajo su responsabilidad estará la materialización de las obras a ejecutar.
  3. Conformar un legajo.
  4. Previo presentarse en la Dirección de Catastro con la documentación del terreno, Libre Deuda detasas municipal y del Tribunal de Faltas; abonar pago del timbrado correspondiente de Tesorería, y se retira una Carpeta Técnica, en la que deberá consignarse: tipo de obra, Propietarios, adquirentes, etc.; cuit/cuil.; constructor o responsable de la medición e informe técnico, Proyectista y Director de obra; nombre y apellido; cuit/cuil; matricula profesional; Nº Registro municipal, domicilio real y legal; ídem del Gestor autorizado.
  5. Una vez completada la carpeta se presentara en la Dirección de Obras Particulares a certificar el registro del profesional.
  6. Tramitara en la Dirección de Catastro la certificación catastral de la propiedad. Adjuntar Carpeta Técnica y en su interior copia de la documentación de la propiedad (como: escritura, boleto de compra venta, cesión de derechos y acciones, cesión de boleto con el boleto al que refiere, derechos posesorios, etc.). Recibo pago de carpeta.
  7. Presentara la carpeta certificada, con una copia de plano, en la Secretaria de Planificación y Medio Ambiente.
  1. La Secretaría de Planificación y Medio Ambiente, analizará los indicadores urbanísticos conforme a las normas en vigencia.
  2. Aquellos planos que superen los valores indicados no se le dará curso a continuar la tramitación, hasta tanto se encuadren a las normas referidas. Con observación o sin ellas pero dentro del parámetro de los indicadores urbanísticos se continuara el trámite. dará número de LEGAJO como identificación del trámite, Y FACTIBILIDAD de los INDICADORES URBANÍSTICOS.
  3. Se pasara internamente el legajo a la oficina de la Dirección de Obras Particulares, adjuntara formularios que serán suministrados por la oficina, planilla de categorización (903, 904, 905), planillas de vencimiento de trámite, declaración jurada e informe técnico si correspondiere y certificación de numeración domiciliaria extendida por la Dirección de Catastro. Luego pasa a la Dirección de Fiscalización para la Inspección de obra y continuación del trámite.
  4. Se realizara un primer visado y si es necesario un segundo y un tercer visado, salvadas las observaciones y antes de solicitar el original, se enviara el Legajo a la Dirección de Ordenamiento Urbano al visado final de los indicadores Urbanísticos.
  5. De no existir observaciones de la D.O.U, se presentaran ORIGINAL en papel vegetal, ribeteado los bordes y cinco (5) copias heliográficas como mínimo para su aprobación.
  6. En cualquier momento de la tramitación podrá presentar los CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN entre el Comitente y el Profesional con el desglose de los honorarios y plano de la obra, VISADOS por el colegio que corresponda el Profesional y ORIGINAL o COPIA DE LA BOLETA APORTES PREVISIONALES LEY N° 19490 artículos 31 y 32 de la respectiva Ley, visada por el colegio en cuestión o en su defecto CERTIFICACIÓN DE LIBRE DEUDA PREVISIONAL expedido por la Caja de Previsión Social para los agrimensores, arquitectos, ingenieros y técnicos de Provincia de Buenos aires.
  7. Se practicara la liquidación de los DERECHOS de CONSTRUCCION, de acuerdo al tipo de edificación y las superficies, en función de los contratos de construcción.
  8. La liquidación de los Derechos de Construcción tendrá el carácter de CONDICIONAL y estarán sujetos a reajustes en los casos de modificaciones al proyecto original o divergencia con lo construido.
  9. Pagados los Derechos de Construcción al contado o adjuntado cancelación de convenio de plan de pago en cuotas se CERTIFICARA DOCUMENTACIÓN COMPLETA. El trámite se identificara con el número de EXPEDIENTE Y AÑO otorgado por la Oficina de Mesas general de entradas y salidas.
  1. Se deberá colocar cartel de obra con el número de Expediente y año, que la Secretaría de Obras Públicas implemento como medio de identificación.
  2. Se colocaran los sellos de aprobación de D.O.U y de Obras Particulares respectivamente.
  3. Completar planilla de ESTADISTICA DE EDIFICACION.
  4. LA DOCUMENTACION APROBADA, solo podrá ser retirada por el profesional responsable o aquel que se le otorgo el poder y/o autorización.
  5. El expediente de obra se completara con la siguiente documentación ORDENADA POR EL PROFESIONAL:
    • Carpeta de obra, sellado (según la normativa vigente al momento de la presentación) con:
      • Instrumento que determine titularidad certificada por la Dirección de Catastro.
      • Documentación que acredite Firmantes (apoderados, socios gerentes, presidentes, etc.)
      • Una (1) copia de plano para la intervención de la Dirección de Ordenamiento Urbano.
      • Planilla de Clasificación de Edificios.
      • Documentación profesional intervenida por el Colegio respectivo.
        a. Contrato profesional del Proyectista y Director de obra con vigencia contractual acorde con la envergadura de la obra.
        b. Planilla anexa, con indicación expresa de monto, fecha depago y número de boleta de aporte provisional del profesional.
        c. Copia de plano visado.
      • Certificado de desratización en caso de demolición total.
      • Contrato o Certificado de Constructor interviniente, (si correspondiere).
      • Planilla de tareas faltantes y estado de obra (si correspondiere).
      • Plano antecedente (si correspondiere).
      • Plano de Unificación de Parcelas (si correspondiere).
      • Una (1) copia de plano de arquitectura, visado por la Dirección de Planeamiento.
      • Una (1) copia de plano de arquitectura, visado por la Dirección de Obras Particulares.
      • Una (1) copia de plano de estructura, (si correspondiere).
      • Certificado de Libre Deuda Municipal.
      • Recibo de pago del Libre Deuda Municipal.
      • Recibo de pago de los Derechos de Construcción.
      • Notas varias (selladas conforme a Ordenanza fiscal vigente).
      • Cinco (5) copias de plano de arquitectura.
      • Cinco (5) copias de plano de estructura, (si correspondiere).
      • Libre Deuda municipal y del Tribunal de Faltas de Titulares y Profesionales.
      • Certificado numero domiciliario.(expedido por dirección de catastro)
      • Formulario de Estadística de Edificación (Provincia de Buenos Aires) por duplicado.
      • Planilla guía controlada por el profesional y completada en los ítems correspondientes.
      • Cuando corresponda:
        • Plano de instalaciones de prevención contra incendio.(si correspondiere)
        • Evaluación de Impacto Ambiental.
        • Certificado de cumplimiento de normas de protección contra incendios.
        • Copia de plano de arquitectura intervenida por la autoridad competente en Electromecánica, al efecto de cumplimentar en lo edilicio, las exigencias para la instalación de ascensores, montacargas, etc.
        • Constancia de presentación de formularios de avalúo por ante la Dirección de Rentas de la Provincia de Buenos Aires.
        • La autoridad de aplicación podrá requerir en los casos en que por las características constructivas, de usos, zonificación o su superficie, laobra lo amerite, una evaluación de impacto ambiental. La reglamentación establecerá las características de los mismos.