Guía de Trámites
Obras Particulares
APROBACION DE PLANOS
Crisólogo Larralde 241 - Guernica.
Tel. 02224 - 507 000
Dirección de Obras Particulares-Interno. 2172
ATENCIÓN: De lunes a viernes de 8:00 a 14:00.
La Dirección de Obras Particulares es el ámbito de la Municipalidad en donde atiende, asesora y se efectúa el visado y aprobación de los planos correspondientes a las construcciones de viviendas unifamiliares o multifamiliares, comercios, industrias y toda otra obra civil, así como también los permisos para ampliaciones y demoliciones de obras que se realicen en predios particulares dentro del Partido de Presidente Perón, los cuales deberán ajustarse a la reglamentación vigente según lo que determinan los Códigos de Edificación y de Ordenamiento Urbano para la zona en la que se emplace el predio. La presentación de planos para la solicitud de permiso de construcción y/o demolición se realizará previa al inicio de las obras.
- Profesional o gestor autorizado por el profesional.
- Propietario de la obra.
- Construir nuevos edificios.
- Ampliar, reformar o transformar lo ya construido.
- Cerrar, abrir o modificar vanos en la fachada principal.
- Cambiar o modificar estructuras de techos y/o materiales.
- Desmontar y excavar terrenos.
- Terraplenar y rellenar terrenos.
- Efectuar demoliciones.
- Instalar marquesinas, toldos y cerramientos sobre la fachada en vía pública.
- Instalar antenas de radiodifusión o telecomunicaciones y sus estructuras de soporte.
- Efectuar instalaciones mecánicas, eléctricas, técnicas y de inflamables y ampliar, refaccionar o transformar las existentes.
- Abrir vías públicas.
- Construir, ampliar, o refaccionar playas de estacionamiento.
- Instalar columnas de publicidad en la vía pública o carteles en las azoteas según establezca la reglamentación.
- Construcción de piscinas, tanques australianos; aleros, balcones, voladizos, marquesinas, superior a 0.80metros.
- En la presentación de los planos para dicho permiso deberá constar la intervención del constructor, Director de obra y proyectista. En todos los casos se colocará cartel de obra, con N° de Expediente y datos del profesional actuante.
- Ejecutar o refaccionar aceras y modificar el cordón del pavimento.
- Cercar el frente.
- Revocar o cambiar el revoque en cercas al frente.
- Limpiar o pintar fachadas principales y otros trabajos similares cuando superen los 6.00m de altura del nivel del predio.
- Elevar muros que afecten a linderos.
- Ejecutar trabajos que no requieran permiso cuya realización demande una valla provisoria para ocupar la acera con materiales.
- El aviso de obra será suscripto por el propietario en formulario aprobado.
- La autoridad de aplicación podrá exigir, no obstante, que se solicite el permiso en los casos en que los trabajos mencionados tengan una especial importancia.
- Cuando el contribuyente se propone construir una obra o regularizar una ya existente, construida sin permiso en un predio de su propiedad, debe presentar los planos respectivos ante la Municipalidad a los efectos de obtener un permiso de construcción en el primer caso, o la registración de la superficie construida para la incorporación al catastro municipal, en el segundo.
- Para la presentación de los planos, el contribuyente debe requerir la intervención de un profesional habilitado por el Colegio correspondiente, con incumbencias en construcciones civiles (arquitectos, ingenieros y técnicos) e inscripto en el registro del Partido. Bajo su responsabilidad estará la materialización de las obras a ejecutar.
- Conformar un legajo.
- Previo presentarse en la Dirección de Catastro con la documentación del terreno, Libre Deuda detasas municipal y del Tribunal de Faltas; abonar pago del timbrado correspondiente de Tesorería, y se retira una Carpeta Técnica, en la que deberá consignarse: tipo de obra, Propietarios, adquirentes, etc.; cuit/cuil.; constructor o responsable de la medición e informe técnico, Proyectista y Director de obra; nombre y apellido; cuit/cuil; matricula profesional; Nº Registro municipal, domicilio real y legal; ídem del Gestor autorizado.
- Una vez completada la carpeta se presentara en la Dirección de Obras Particulares a certificar el registro del profesional.
- Tramitara en la Dirección de Catastro la certificación catastral de la propiedad. Adjuntar Carpeta Técnica y en su interior copia de la documentación de la propiedad (como: escritura, boleto de compra venta, cesión de derechos y acciones, cesión de boleto con el boleto al que refiere, derechos posesorios, etc.). Recibo pago de carpeta.
- Presentara la carpeta certificada, con una copia de plano, en la Secretaria de Planificación y Medio Ambiente.
- La Secretaría de Planificación y Medio Ambiente, analizará los indicadores urbanísticos conforme a las normas en vigencia.
- Aquellos planos que superen los valores indicados no se le dará curso a continuar la tramitación, hasta tanto se encuadren a las normas referidas. Con observación o sin ellas pero dentro del parámetro de los indicadores urbanísticos se continuara el trámite. dará número de LEGAJO como identificación del trámite, Y FACTIBILIDAD de los INDICADORES URBANÍSTICOS.
- Se pasara internamente el legajo a la oficina de la Dirección de Obras Particulares, adjuntara formularios que serán suministrados por la oficina, planilla de categorización (903, 904, 905), planillas de vencimiento de trámite, declaración jurada e informe técnico si correspondiere y certificación de numeración domiciliaria extendida por la Dirección de Catastro. Luego pasa a la Dirección de Fiscalización para la Inspección de obra y continuación del trámite.
- Se realizara un primer visado y si es necesario un segundo y un tercer visado, salvadas las observaciones y antes de solicitar el original, se enviara el Legajo a la Dirección de Ordenamiento Urbano al visado final de los indicadores Urbanísticos.
- De no existir observaciones de la D.O.U, se presentaran ORIGINAL en papel vegetal, ribeteado los bordes y cinco (5) copias heliográficas como mínimo para su aprobación.
- En cualquier momento de la tramitación podrá presentar los CONTRATOS DE CONSTRUCCIÓN entre el Comitente y el Profesional con el desglose de los honorarios y plano de la obra, VISADOS por el colegio que corresponda el Profesional y ORIGINAL o COPIA DE LA BOLETA APORTES PREVISIONALES LEY N° 19490 artículos 31 y 32 de la respectiva Ley, visada por el colegio en cuestión o en su defecto CERTIFICACIÓN DE LIBRE DEUDA PREVISIONAL expedido por la Caja de Previsión Social para los agrimensores, arquitectos, ingenieros y técnicos de Provincia de Buenos aires.
- Se practicara la liquidación de los DERECHOS de CONSTRUCCION, de acuerdo al tipo de edificación y las superficies, en función de los contratos de construcción.
- La liquidación de los Derechos de Construcción tendrá el carácter de CONDICIONAL y estarán sujetos a reajustes en los casos de modificaciones al proyecto original o divergencia con lo construido.
- Pagados los Derechos de Construcción al contado o adjuntado cancelación de convenio de plan de pago en cuotas se CERTIFICARA DOCUMENTACIÓN COMPLETA. El trámite se identificara con el número de EXPEDIENTE Y AÑO otorgado por la Oficina de Mesas general de entradas y salidas.
- Se deberá colocar cartel de obra con el número de Expediente y año, que la Secretaría de Obras Públicas implemento como medio de identificación.
- Se colocaran los sellos de aprobación de D.O.U y de Obras Particulares respectivamente.
- Completar planilla de ESTADISTICA DE EDIFICACION.
- LA DOCUMENTACION APROBADA, solo podrá ser retirada por el profesional responsable o aquel que se le otorgo el poder y/o autorización.
- El expediente de obra se completara con la siguiente documentación ORDENADA POR EL PROFESIONAL:
- Carpeta de obra, sellado (según la normativa vigente al momento de la presentación) con:
- Instrumento que determine titularidad certificada por la Dirección de Catastro.
- Documentación que acredite Firmantes (apoderados, socios gerentes, presidentes, etc.)
- Una (1) copia de plano para la intervención de la Dirección de Ordenamiento Urbano.
- Planilla de Clasificación de Edificios.
- Documentación profesional intervenida por el Colegio respectivo.
a. Contrato profesional del Proyectista y Director de obra con vigencia contractual acorde con la envergadura de la obra.
b. Planilla anexa, con indicación expresa de monto, fecha depago y número de boleta de aporte provisional del profesional.
c. Copia de plano visado. - Certificado de desratización en caso de demolición total.
- Contrato o Certificado de Constructor interviniente, (si correspondiere).
- Planilla de tareas faltantes y estado de obra (si correspondiere).
- Plano antecedente (si correspondiere).
- Plano de Unificación de Parcelas (si correspondiere).
- Una (1) copia de plano de arquitectura, visado por la Dirección de Planeamiento.
- Una (1) copia de plano de arquitectura, visado por la Dirección de Obras Particulares.
- Una (1) copia de plano de estructura, (si correspondiere).
- Certificado de Libre Deuda Municipal.
- Recibo de pago del Libre Deuda Municipal.
- Recibo de pago de los Derechos de Construcción.
- Notas varias (selladas conforme a Ordenanza fiscal vigente).
- Cinco (5) copias de plano de arquitectura.
- Cinco (5) copias de plano de estructura, (si correspondiere).
- Libre Deuda municipal y del Tribunal de Faltas de Titulares y Profesionales.
- Certificado numero domiciliario.(expedido por dirección de catastro)
- Formulario de Estadística de Edificación (Provincia de Buenos Aires) por duplicado.
- Planilla guía controlada por el profesional y completada en los ítems correspondientes.
- Cuando corresponda:
- Plano de instalaciones de prevención contra incendio.(si correspondiere)
- Evaluación de Impacto Ambiental.
- Certificado de cumplimiento de normas de protección contra incendios.
- Copia de plano de arquitectura intervenida por la autoridad competente en Electromecánica, al efecto de cumplimentar en lo edilicio, las exigencias para la instalación de ascensores, montacargas, etc.
- Constancia de presentación de formularios de avalúo por ante la Dirección de Rentas de la Provincia de Buenos Aires.
- La autoridad de aplicación podrá requerir en los casos en que por las características constructivas, de usos, zonificación o su superficie, laobra lo amerite, una evaluación de impacto ambiental. La reglamentación establecerá las características de los mismos.
- Carpeta de obra, sellado (según la normativa vigente al momento de la presentación) con: