Resolución 30 2020
septiembre 02, 2020
En la misma se informa el protocolo que deben cumplir El transporte Terrestre, Fluvial y el Transporte de Cargas, además de las recomendaciones para pasajeros que utilizan el transporte ferroviario, para la prestación y utilización de los servicios de taxis y remises, para la circulación de vehículos y motovehículos particulares, para los particulares y/o empresas que realizan servicios de delivery y las pautas para garantizar la libre circulación en las localidades de la provincia de Buenos Aires.